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Incumplimiento del Real Decreto: ya deberían estar todas las becas en el Mecd.

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Otro año más se nos demuestra, a nosotros y al alumnado, que el Real Decreto de becas mec es papel mojado en cuanto a tiempos de tramitación se refiere y es que según su desconocido artículo 49.4 el 30 de diciembre deberían haberse enviado todas las becas mec al Mecd para poder proceder a su resolución; algo que, a todas luces, se ha vuelto a incumplir y con creces.

1.El artículo 49.4
2.Centros que lo han incumplido.
3.Razones del incumplimiento.
4.Acciones a emprender por parte del alumnado.

El artículo 49.4

El artículo 49.4 del RD de becas mec actual establece lo siguiente:

4. Los mencionados órganos de selección remitirán a la Subdirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte quincenalmente y, en todo caso, antes del 30 de diciembre de 2016 y por cualquiera de las vías informáticas habilitadas al efecto, un informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada de los solicitantes que reúnan los mencionados requisitos generales.

Es decir: antes del 30 de diciembre de 2016 todas las becas mec deben haber sido enviadas desde los centros, delegaciones y universidades de toda España (excepto Andalucía no universitarios y Cataluña que siguen la reglamentación de los convenios de colaboración) al Mecd.

Esto se puede comprobar fácilmente por parte del alumnado y es que cuando su unidad abre su expediente en su centro para revisarlo el estado de su beca cambia inmediatamente a "en trámite en su universidad/órgano de gestión "o " delegación provincial" si es no universitario. Cuando la unidad manda su beca al Mecd esta cambia a "en trámite en el Mecd", que es el estado que deberían tener hoy todas las becas mec de España. Como el año pasado, se ha vuelto a incumplir.


Centros que lo han incumplido.

Todos los alumnos que se encuentran en presentada o en trámite en su centro/universidad, entran en el incumplimiento del Real Decreto. Sin embargo, no todas las unidades de becas han incumplido este artículo del Real Decreto. Muchas de ellas han acabado de tramitar sus becas incluso en noviembre y ahora se centran en las alegaciones de los alumnos.

Es importante recalcar que las alegaciones no entran dentro de ese límite del 30 de diciembre pues son procedimientos adicionales en la administración.

De todas las unidades de becas universitarias, 71 en total, aún quedan 36 de ellas que no han alcanzado el 90% de tramitación, límite a partir del que se puede considerar que una unidad está trabajando ya con las alegaciones pues ha acabado con todas sus becas pendientes. Se puede consultar el listado actualizado aquí. 

Las unidades que tienen el 100% tramitado son: Cantabria, Europea De Valencia, Illes Balears, La Rioja, Mondragon ,Pontificia De Comillas, Salamanca, Udima, Uimp, Valencia - Politecnica, Valladolid y Vigo.

En los no universitarios es mucho más grave ya que de las 63 unidades de becas, solo 16 han acabado de tramitar sus becas (porcentaje superior al 90% tramitado) y solo 1 tiene el 100% tramitado, Guadalajara. Listado completo.

Razones del incumplimiento.

Entre las razones principales del incumplimiento se encuentran las siguientes:

⌦ Falta de personal debidamente cualificado que dé respuesta a la demanda de solicitudes de becas en tiempo y forma.
⌦ Fallos y retrasos del sistema de envío de solicitudes desde los centros al Mecd y tardanza de la cumplimentación del rendimiento académico del alumno de los centros e institutos hacia la unidad de becas. 
⌦ Priorización de convocatorias de becas propias del centro o comunidad autónoma, postergando las becas mec a un segundo lugar hasta resolver la convocatoria propia.

Acciones a emprender por parte del alumnado.

El alumnado debe quejarse enérgicamente de esta situación, y no únicamente el alumnado afectado sino buscando el apoyo de todos sus compañeros. Alrededor del 15% de alumnado universitario y el 30% no universitario tiene su beca sin tramitar ni siquiera.

Por ello es prioridad presentar una queja forma en la unidad de becas y en el servicio de atención del centro o universidad, incluso al coordinador del curso/grado/máster dirigida siempre a la unidad de becas que contenga, al menos, lo siguiente y quedaros con una copias sellada de su entrega:

En vista de que a fecha de "_____" la beca mec con número de expediente "______" correspondiente el alumno "_____" con DNI "_____" no ha comenzado a tramitarse, habiéndolo comprobado en la sede electrónica el "_____" a las "_____" horas, expongo mi queja basándome en el artículo 49.4 de la Resolución de 11 de agosto de 2016, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2016-2017, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios. Dicho artícul establece que las solicitudes deben ser remitidas antes del 30 de diciembre al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte por cualquiera de las vías telemáticas disponibles, habiéndose incumplido en el expediente de beca anteriormente citado. Por ello, exijo las responsabilidades correspondientes y una respuesta a la causa que ha causado el incumplimiento de dicho precepto.

      


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