Uno de los mitos más extendidos de las becas y por el que nos llegan dudas casi a diario es el tema de la modalidad a la hora de hacer la declaración de la renta. Veamos en qué consiste este problema y cómo se puede solucionar para obtener correctamente la beca mec sin temor a que nos la denieguen por errores que se pueden fácilmente evitar.
La duda que nos llega habitualmente es la siguiente:
"Este año hago 26 años y ya no hago la declaración de la renta con mis padres. ¿Cómo puedo hacer para que me cuenten con la renta familiar y me tengan en cuenta a mí también para que no me denieguen la beca por falta de información fiscal? ¿pido por favor a haciendo que me deje hacerla con ellos en su declaración o cómo?"
Esta duda parte de varios errores de base de las becas mec, por desconocimiento. Uno de ellos es creer que a partir de los 26 años ya no se cuenta en la unidad familiar. Esto no es cierto pues solo se aplica a hermanos, no al propio solicitante que ya tenga 15, 27, 45 o 65 años, siempre contará en la unidad familiar por ser el que pide la beca.
Por otra parte el Mecd tiene acceso a la información fiscal de cada miembro de la unidad familiar independientemente de si la hacen conjunta o separado. Por ejemplo, en una familia de 5 miembros, todos mayores de edad pero los hermanos menos de 26, si todos la hacen por separado el Mecd irá calculando la renta correspondiente a cada uno y la sumará debidamente (aquí).
Si en cambio todos la hacen conjunta, tomará en cuenta solo esa declaración que, sin embargo, contendrá las ganancias de todos ellos.
La diferencia fundamental estriba en el llamado "descuento mínimo personal". Cuando una persona hace una declaración, antes de calcular la base de retención de irpf se descuenta un mínimo personal a lo ganado en bruto por cada declaración. Este año el mínimo para una persona soltera sin hijos es de 5151€. Esto quiere decir que si has ganado 10000€ no tendrán en cuenta esos 10000€ sino 4849€ tanto para calcular la renta como para la beca (pues el resultado de restar ese descuento es la llamada "base imponible general", la que se utiliza para la beca).
Si cada persona de la unidad familiar hace una declaración por separado hacienda resta esos 5151€ de cada uno de ellos en cada declaración pero si la hacen conjunta solo lo descontará una vez, y claramente el alumno sale perdiendo pues su renta familiar para la beca sube en consideración (otro tema es que el resultado de la declaración sea mejor si se hace conjunta que separada, pero la familia deberá sopesar qué le beneficia más).
Es algo que tratamos ámpliamente aquí. En conclusión, se puede hacer tanto la declaración conjunta como separado por cualquier miembro de la unidad familiar que el Mecd tendrá acceso a esos datos indistintamente de ello y sin temor a que denieguen la beca.
Obligación de presentar la declaración.
La única razón para preocuparse es si algún miembro está obligado a presentarla y no lo hace: solo en ese caso denegarán la beca ya que se tiene una deuda con hacienda o una situación irregular con la misma. Si no está obligado a presentarla no es necesario que lo haga pues el Mecd tiene igualmente acceso a esa información.