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Las distintas interpretaciones del Real Decreto de becas en cada unidad de becas | Consecuencias y recursos.

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Un mismo alumno puede tener una beca de hasta 5000€ si le resuelve la beca una universidad o bien no tener beca con las mismas condiciones si se la resuelve otra. Esto es debido a que la interpretación del Real Decreto, en especial aquellos aspectos más especiales, depende de cada unidad de becas a pesar de que el MECD hace un esfuerzo por aclarar con escritos cada una de las situaciones.

Cada unidad de becas tiene un "jefe" o "encargado" el cuál rige las normas generales que se seguirán en toda la unidad de becas. La comunicación entre unidades de becas es prácticamente nula por lo que los criterios de resolución de becas cambian significativamente de unas a otras. 

No hablamos de requisitos académicos de porcentaje aprobado exigido o nota media, eso queda claro en el BOE. Hablamos de otros temas más generales en cuanto a requisitos de mariculación, vivienda, etc, como los créditos de 2º de máster o las prácticas en FP, incluso los erasmus y su residencia, quedan a la interpretación de cada unidad de becas por la ambigüedad del Real Decreto que, bien analizado, expone claramente cómo actuar en estos casos.


Los casos más llamativos.

En los últimos meses podemos ver 3 casos especialmente graves a nivel masivo.

1. Los alumnos de 2º de máster merecen beca completa siempre y cuando matriculen todo lo que les quede en aplicación del artículo 26.2 C aunque sea menos de 60 créditos. Pues bien, algunas unidades están dando el 50% de cuantías fijas y 60€ aplicando el 26.2 B. Entonces los alumnos de unidades de becas que les resuelvan con la beca completa les podrán dar hasta 6000€ (cuantía máxima) y los demás hasta 2030€ (1500€ de parte fija, 470€ de insularidad y 60€ de variable), una diferencia abismal. (Ver artículo explicativo)

2. Los alumnos de FP que tienen prácticas en centros de trabajo en segundo curso tienen la consideración de cursar enseñanzas que no cuentan para la matrícula por lo que se les considera matrícula completa. En este caso las PCT no deberían contar, efectivamente, sin embargo algunos centros si están dando la matrícula completa a estos alumnos creando diferencias abismales entre ellos. (Ver artículo explicativo)

3. Los alumnos de Erasmus se les supone que debe tener beca de residencia siempre y cuando tengan un contrato de alquiler en España por todo o parte del curso (la beca cubrirá el importe del alquiler hasta un máximo de 1500 €). Pues bien, algunas unidades de becas están dando la residencia solo por estar en otro país aunque no se tengan contrato en España, y otras la deniegan directamente or estar de erasmus aunque se curse la mitad del año en este país y la otra mitad fuera, en ambos casos injusto. (Ver artículo explicativo)

El caso más grave lo hemos visto en una unidad de becas que ha considerado cualquier matrícula con menos de 60 créditos como parcial independientemente de cualquier circunstancia, algo que es una clara negligencia pues hay bastante casos en los que esa matricula se considera completa o semi-completa.

Esto es debido a varias razones:

1. La primera es la mala comunicación que hay entre las unidades de becas y el Mecd, sobre todo por parte de las unidades que no se animan a pedir al Mecd, mediante llamada o email, una aclaración de aquellos aspectos más contradictorios o escabrosos del Real Decreto.

2. Por otro lado la redacción ambigua del Real Decreto da lugar a estas confusiones pues no se aclara demasiado algún que otro punto. Famoso es el caso de que los alumnos debían pedir suspender el año pasado alguna asignatura para poder optar a beca, algo que han arreglado este año con un cambio pequeño en el Boe que comentamos aquí.

3. Por último, y como tercera razón, se expone la dificultad que implica un cambio normativo en el Real Decreto cada año que hace que las unidades de becas puedan confundir las nuevas indicaciones con las antiguas.

¿El Mecd no dice nada?

En ocasiones de máxima gravedad, en cuanto a una denegación masiva de becas por errores de interpretación, como ha ocurrido dos veces, el Mecd emite un comunicado a todas las unidades de becas informando de la situación correcta, pero esta se hace una vez "hecho el mal" no para prevenir como deberías ser.

El Mecd no tiene personal necesario para revisar cada una de las becas en cuanto a los requisitos académicos y generales de la convocatoria, donde está la confusión, pues esto es tarea de las unidades de becas y el Mecd confía en que esto se hace de forma correcta. El Mecd se encarga de pedir los datos económicos a haciendo y resolver, en su caso, las cuantías en función de las que la unidad de becas a propuesto con excepción de la beca de renta (esta depende de la renta). Aquí podéis consultar quién evalúa cada requisito.

La única vez que se envió un email general a todas las unidades de becas por temas de prevención o no atribuibles a malas resoluciones fue para avisarles de que la guía de becas mec 2014/2015 de dudasbecasmec.com no es la oficial (no hay otra, es la única), algo que al parecer no han hecho mucho caso algunas porque la han publicado en sus páginas webs oficiales (algo que agradecemos pues todo lo que se dice es para ayudar al alumno).

Las consecuencias.

Las consecuencias de estas interpretaciones permiten que un mismo alumno tenga una beca distinta dependiendo del lugar donde estudie, algo que muestra la profunda ignorancia ante solucionar estos problemas en nuestras administraciones. Esto obliga al alumno a recurrir. De mientras es posible que el alumno tenga que abandonar los estudios o endeudarse en detrimento de la beca que debía haber recibido y no ha conseguido por culpa de su unidad de becas.

¿Cómo luchar contra esto?

Es muy frustrante para el alumno luchar contra una situación así. Esto es debido a que si tu unidad de becas te resuelve mal la beca, pero a conciencia según su interpretación del BOE (considerando que lo ha hecho bien) el alumno deberá recurrir ante esta misma unidad de becas mediante una alegación que, de nuevo, le volverá a resolver la beca de la misma forma puesto que las alegaciones las resuelven las unidades de becas y no llegan al Mecd si estas son denegadas o no aprobadas. 

La única forma de que el Mecd pueda resolver la beca, en lugar de la unidad de beca, y hacer evidente el profundo empecinamiento de la unidad de becas que ha afectado al alumno en toda su situación, es esperar a que se resuelva de forma definitiva la convocatoria (en mayo/junio/julio) y poner en recurso de reposición.


Este recurso se tarda hasta un año en resolver y puede desesperar al alumno en su espera, pero siempre llega una carta certificada a casa del estudiante con la resolución más tarde que temprano.

No hay otra forma de hacer que la situación se subsane pues muchas unidades de becas se niegan tajantemente a aceptar que otras unidades están resolviendo las becas de otras formas. En cambio otras unidades aceptan muy bien las sugerencias de cada alumno, les atienden de forma adecuada, y resuelven las becas de forma correcta y en regla al Real Decreto, siendo muy profesionales en su labor.

¿Y si el Mecd finalmente da la razón al alumno?

En el caso de que el Mecd diera la razón al alumno finalmente, y se demuestre que la unidad de becas estaba profundamente equivocada, teniendo una equivocación en muchos alumnos (pues se ha equivocado de la misma forma en todos los afectados) los alumnos podrán exigir daños y perjuicios mediante recurso contencioso-administrativo ante una mala resolución de un órgano público administrativo (en las unidades de becas trabajan funcionarios del Estado) de forma que a estos se les acabe abriendo, en su caso, un expediente por su negligencia manifestada y repetida en el tiempo. Algo que estaría agravado si hubiera habido mala atención a los alumnos con contestaciones no adecuadas o sin oportunidad de una buena gestión considerando las apreciaciones que este, el estudiante, pudiera hacerle, ocasionando consecuencias médicas claras en el mismo (que deberá aportar con partes médicos, en su caso).

Las unidades de becas deben ser vuestras amigas pues son el lazo de unión único entre el Mecd y el alumno, además de poder ver la tramitación de la beca en tiempo real (algo que el alumno no puede). Por eso estas deben, primero, respetar al alumno y aceptar que pueden estar equivocadas en la resolución de la beca, intentando informarse con el Mecd u otras unidades antes de seguir resolviendo becas.

Por otro lado, los alumnos deben acercarse a las unidades de becas con educación, sabiendo concretar sus dudas y sus problemas, intentando entender las explicaciones que se dan así como los argumentos de la unidad de becas e intentar, con educación, demostrar que son o no son ciertos. Cuando una unidad de becas se empecina en que lleva razón y estáis seguros de que se equivocan no queda más que recurrir al Mecd directamente por todas las vías posibles.

Teléfono del Mecd: 913 277 681 y 900 848 000
Teléfono de unidades de becas españolas.

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