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Le deniegan la beca a un estudiante por no haber trabajado exclusivamente el día 31 de Diciembre 2011 habiendo cotizado todo el año.

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Un punto del BOE español de becas mec exige que aquel que no sea español pero residente en la U.E. y estudie en nuestro país haya cotizado en España el año anterior, algo entendible, pero incomprensible que exija que sea exactamente el 31 de Diciembre del año. Es decir, se exige trabajar únicamente ese día, y si has trabajado todo el año y justo ese día te echan te has quedado sin beca. ¿No es algo totalmente inútil? Pues un estudiante nos ha mandado una carta contándonos todo lo que le ha pasado con respecto a este tema. No tiene desperdicio y esperamos que se hagan eco el mayor número posible de personas para que modifiquen dicho requisito:

"Soy británico y he estado escolarizado en Inglaterra durante mi infancia. Cuando llegó el momento de empezar la educación secundaria, mis padres valoraron el Sistema Educativo Español lo suficientemente bueno como para querer que sus hijos se formasen en España.  

Ahora embebido en el sistema, puedo compartir su opinión. Me escolaricé en primaria. La transición a la Educación Secundaria Obligatoria era momento de decisiones, quedarse en España o volver a Inglaterra. Nos habíamos adaptado bastante bien y optamos por estudiar la E.S.O. y posteriormente el Bachillerato. La presencia de excelentes profesores de ciencias había despertado mi vocación por la biología. Por lo que tras la selectividad me matriculé en Biología.

Hoy, soy  estudiante del quinto y último año de la Licenciatura en Biología, una carrera que desde su comienzo ha mantenido mi entusiasmo, y que ahora con el título casi bajo el brazo y a punto de salir al mundo laboral hostil y devastador me hace pensar lo injusta que es la naturaleza en su más amplio sentido. Mis expectativas como biólogo son básicamente la comprensión de los fenómenos de la vida y que esto repercuta de algún modo sobre la sociedad. En otras palabras, buscar la satisfacción de los demás en mi trabajo.

La constante motivación por parte de los compañeros y profesores ha dado sus frutos académicos, con un expediente de notable y un entusiasmo inmenso por investigar me lanzo en busca de oportunidades,  en cuanto a formación se refiere como a financiación de la misma.

Yo como gran cantidad de estudiantes dependo de las becas para costearme la formación, sin ellas sería imposible. En los cuatro años de carrera excepto una vez me la han denegado siempre pero con razón.

Como todos los años, solicito la beca de carácter general para descubrir que han añadido un requisito que sorprendería a más de uno de vosotros. Se trata de un requisito referente a extranjeros, en donde se les requieren que hayan cotizado en España para cumplir dicho requisito.

Cito textualmente del BOE: Capítulo 1, Artículo 1, Punto 2 ,apartado d):

 “Ser español, o poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea. En este último caso se requerirá que el propio estudiante o sus sustentadores se encontrasen trabajando en España. En el supuesto de estudiantes no comunitarios, se aplicará lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Los mencionados requisitos deberán reunirse a 31 de diciembre de 2011.

Hasta aquí todo bien, lógicamente quien no cotiza para España no tiene mucho sentido esperar nada a cambio. El caso es que yo he cotizado en el 2011, 2012 y lo sigo haciendo, ya que trabajo para pagarme los estudios. Por lo que en teoría cumplo los requisitos. Al parecer no es así, me han llamado de la unidad de becas para comunicarme que no cumplo los requisitos porque no he trabajado el 31 de diciembre 2011. El personal de la unidad de becas me explica que para cumplir los requisitos tenía que haber trabajado el 31 de diciembre de 2011, ese día en concreto. Le digo que eso no tiene sentido, que esa interpretación se escapa de toda lógica.

Esto lo que quiere decir es que tiene derecho a beca un extranjero que haya cotizado única y exclusivamente el 31 de diciembre del 2011 y no alguien que pudo haber cotizado 364 días del año y por cualquier motivo no haya cotizado ese día, obviamente es un caso extremo.
¿Cómo puede ser esta la interpretación?

Este tipo de criterio se convierte desde mi punto de vista en un criterio discriminatorio, injusto y carente de lógica. Con conocimiento creo que sería posible recurrirla, lo que pretendo con mi carta es unir fuerzas, ya que no cuento con el apoyo profesional de un abogado, ni de los recursos para presentar un recurso en condiciones.  Suplico ayuda, mientras mi impotencia me consume.  Me han avisado que me vendrá denegada aunque no he recibido el pdf todavía.

La cosa aun tiene más, ya que tengo un hermano al que en la misma situación que yo si se la han concedido, pero al procesar la mía e ir a hablar con el personal de la unidad de becas se dan cuenta que se la han concedido por ERROR. A lo que me dicen: Cito textualmente  "recuérdqle a tu hermano que le vamos a hacer una petición de devolución que se nos ha colado"

   Espero contar con vuestra ayuda, sois mi esperanza.
   Muchísimas gracias 

   Atentamente Roberto"

Correo de contacto->  Igroberto09@gmail.com


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